domingo, 4 de abril de 2010

Entregas de Bandera a unidades o barcos

Las Reales Ordenanzas indican específicamente las unidades con derecho a tener Bandera o Estandarte.

La entrega oficial se celebrará una ceremonia solemne, en la que tomarán parte, además de la unidad que va a recibirla, representaciones de otras unidades y, si es posible, de otros Ejércitos.

La Bandera se entregará, con un ceremonial específico, al jefe de la unidad, centro u organismo quien, tras recibirla, se dirigirá a la formación mediante la siguiente fórmula: "Soldados ("dotación", en el caso de un buque de la Armada), la Bandera es el símbolo de la Patria inmortal; los que tenemos el honor de estar alistados bajo ella estamos obligados a defenderla hasta perder la vida. Soldados, en garantía de que juráis y prometéis entregaros a su servicio (ordenará los movimientos de la formación y armas reglamentarios para que la unidad efectúe una descarga de fusilería en honor a la Bandera)".

Terminada la descarga y con el arma descansada, dirá: "Soldados, ¡Viva España!". La formación responderá "¡Viva!".

Para los buques de la Armada se sigue una ceremonia específica, parecida a la de las unidades "a pie", descrita en las Reales Ordenanzas de este ejército, paro cuyo acto fundamental será el izado de la Bandera, así como el embarque de la dotación. La Bandera así entregada se denominará Bandera de Combate.

Posteriormente, podrá celebrarse un acto solemne para la entrega al buque de una Bandera donada, normalmente, por alguna institución. La ceremonia, que se desarrollará en la forma indicada en el artículo anterior, se realzará con la presencia de una madrina, que efectuará personalmente la entrega. Esta Bandera pasará a ser la Bandera de Combate del buque, en sustitución de la que se le entregó inicialmente.

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